ESTATUTOS



COLEGIO DE ARQUITECTOS E INGENIEROS INNOVADORES DE TECATE, A.C.

 CAIITAC

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

DENOMINACIÓN, DOMICILIO, DURACIÓN.
 
ARTÍCULO 1.- La Asociación se denominará, COLEGIO DE ARQUITECTOS E INGENIEROS INNOVADORES DE TECATE, nombre que irá seguido de las palabras Asociación Civil o de sus iníciales A.C., (CAIITAC).

ARTÍCULO 2.- El domicilio del colegio será Av. Hidalgo, no. 133-4 Zona Centro, C.P.21440, en la ciudad de Tecate, Baja California, México.

ARTÍCULO 3.- La duración del colegio será indefinida y solo podrá disolverse por el voto expreso del 90% de los miembros activos de la misma, miembros vitalicios y fundadores.


OBJETIVOS, NACIONALIDAD Y EMBLEMA.

ARTÍCULO 4.- LOS OBJETIVOS DEL COLEGIO SON:
 
A.-“La expresión de nuestro espíritu como profesionales de la Arquitectura, en busca de la distribución y el debido esparcimiento de los espacios  urbanos e imagen de  Tecate para obtener el bienestar colectivo de nuestra ciudad “
 
B.-Lograr la unificación de los profesionistas de la Arquitectura e Ingeniería anteponiendo como interés principal la Ciudad de Tecate. C.-Como principio fundamental de la Asociación es un Colegio incluyente, brindando todo el apoyo a los miembros profesionales de la Arquitectura e Ingeniería, Topografía y Diseño Gráfico. 
 
C.-Como principio fundamental de la Asociación es un Colegio incluyente, brindando todo el apoyo a los miembros profesionales de la Arquitectura e Ingeniería, Topografía y Diseño Gráfico. 
 
D.-Apoyar y defender a sus miembros ante las autoridades respectivas, ¨nadie tiene el derecho de coartar el ejercicio profesional de los Arquitectos e ingenieros, topógrafos y diseño gráfico, cuando ejerzan lícitamente su profesión de acuerdo al artículo. 5º  de nuestra  constitución¨: A  ninguna persona podrá impedirse que se dedique a su profesión, comercio, industria ó trabajo que se le acomode, siendo lícitos.
 
E.-Promover en primera instancia la Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos, así como leyes y reformas relativos al ejercicio de las ciencias de la Arquitectura e Ingeniería, Topografía y Diseño Gráfico en nuestro Municipio, Estado y el País.
 
F.-Vigilar que el Ayuntamiento Municipal no exija más requisitos a los profesionistas de la Arquitectura e Ingeniería de lo que se requiere y dicta el artículo 69 de La Ley De Edificaciones Del Estado De Baja California: TÍTULO, CÉDULA PROFESIONAL Y CURRICULUM.  El municipio no tiene  facultad u/o autoridad de cambiar o modificar : la Ley de  Edificaciones del Estado de Baja  California, así como de no coartar el derecho que nos otorga a los profesionistas  la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su ARTÍCULO 5º .
 
G.-Vigilar que Administración Urbana del Municipio no se preste a limitaciones para el registro de los profesionistas de la ARQUITECTURA, INGENIERÍA, TOPOGRAFÍA Y DISEÑO GRÁFICO.

H.-Dar preferencia a los profesionistas de la Arquitectura , Ingeniería y miembros correspondientes  nacidos, formados o adoptados por la ciudad de Tecate, Baja California, que cumplan con los requisitos de su título profesional , cédula   profesional federal y currículo.

I.- EL COLEGIO DE ARQUITECTOS E INGENIEROS INNOVADORES DE TECATE, A.C., SE INTEGRA POR MIEMBROS ARQUITECTOS, INGENIEROS Y MIEMBROS CORRESPONDIENTES: Miembros profesionistas y técnicos que correspondan a la área de la Arquitectura e Ingeniería, Construcción, Urbanismo y de las Artes. Los integrantes de Escuelas de Topografía , de Diseño  Gráfico , Artistas Plásticos, Contratistas registrados , Urbanistas , Paisaje Urbano, Bioclima Urbano, Administración Urbana, Legislación Urbana , Arquitectura de Sistemas, Arquitectos Licitantes,  así como de Planeación e Imagen Urbana.
 
J.-EL GOBIERNO ES DE TODOS, POR ESO LA IMPORTANCIA DE NUESTRA PARTICIPACIÓN EN LA REGULACIÓN DE DESARROLLO URBANO DE LA CIUDAD DE TECATE PARA ENCONTRAR UN EQUILIBRIO AMBIENTAL Y ECOLÓGICO DE NUESTRA SOCIEDAD.
 
K.-Vigilar que Administración Urbana del Municipio cumpla con su función de recepción de registros y expedición de revalidaciones sin costo alguno, ya que no existe ley que lo obligue.
 
LL.-Exigir y Vigilar que Administración Urbana del Municipio se actualice con personal capacitado: solicitud y  recepción de documentos, Actualización de formatos de registros y revalidaciones, supervisores de obra, letreros de obra, bitácora de  obra, autorización de finiquito y ocupación de la obra terminada, etc.
 
M.-Señalar y Vigilar que administración urbana se conduzca con honestidad en la autorización de licencias de construcción, principalmente respetando los usos de suelo y reservas territoriales, acorde al  plan de Desarrollo Urbano de la Ciudad de Tecate.
 
N.-Vigilar la congruencia de  las autorizaciones de licencias de construcciones en general por administración urbana con el medio ambiente y respeto a la  ecología existente en el municipio de Tecate.
 
O.-Prestar la más alta colaboración al pueblo y poder público como cuerpo consultor, dar algo de nosotros a la sociedad de lo mucho que nos dio.
 
P.-Promover nuestra capacidad ante la Administración Pública con programas Urbanísticos Y Desarrollo de proyectos que beneficien al Municipio de Tecate.
 
Q.-Participar en los planes de Desarrollo Urbano de la Ciudad de Tecate.
 
R.-Vigilancia del ejercicio profesional  con objeto de que este se realice con Ética Profesional, regulación de la actividad que se realiza en el marco de la profesión.
 
S.-EXIGIR QUE LOS PUESTOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DONDE SE REQUIERA, SEAN OCUPADOS POR PROFESIONISTAS TITULADOS  DE LA ARQUITECTURA E INGENIERÍA.
 
T.-EXIGIR LA PARTICIPACIÓN DE LOS INTEGRANTES DEL COLEGIO DE ARQUITECTOS E INGENIEROS INNOVADORES DE TECATE, A.C., EN OBRAS FORÁNEAS QUE SE REALICEN EN LA CIUDAD DE TECATE, BAJA CALIFORNIA.
 
U.-Vigilar que el AYUNTAMIENTO MUNICIPAL no exija más requisitos a los profesionistas de la arquitectura e ingeniería  de lo que dice el artículo 69 de  la ley de edificaciones del estado de BAJA CALIFORNIA: TÍTULO, CÉDULA PROFESIONAL Y CURRICULUM. Además de que no tiene la facultad, ni  capacidad de hacerlo.
 
SUPERACIÓN INTEGRAL.
 
A.- Proponer temas de interés regional tales, como Sismos, Energía Solar, Ambiente Ecológico, Sistemas de Recolección de Basura y los que requieran del interés de nuestra ciudad de Tecate.
 
B.- Crear un patrimonio de la asociación de arquitectos.
 
C.- En general ejecutar y celebrar convenios que sean necesarios para sus fines.
 
D.- Promover el crecimiento y desarrollo del¨ Colegio de arquitectos e Ingenieros Innovadores de Tecate, A.C.¨
 
ARTÍCULOS RELACIONADOS CON EL ORIGEN DEL COLEGIO:
 
A.- CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- DE LAS GARANTÍAS INDIVIDUALES QUE NOS OTORGA A TODOS LOS PROFESIONISTAS NUESTRA  CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS:
ARTÍCULO 5º.-  A  NINGUNA PERSONA PODRÁ IMPEDIRSE QUE SE DEDIQUE A SU PROFESIÓN, COMERCIO, INDUSTRIA Ó TRABAJO QUE SE LE ACOMODE, SIENDO LÍCITOS.

B.- LA LEY DE EDIFICACIONES DEL ESTADO DE BAJA  CALIFORNIA.-    LEY DE MAYOR ÍNDOLE POR EL CUAL SE DEBE DE REGIR EL REGLAMENTO MUNICIPAL. Congreso del Estado de B.C., Ley de Edificaciones de Baja California 1994.
 
ARTÍCULO 69.-   REGISTRO DE RESPONSABLE DE RESPONSABLE DIRECTOR DE OBRA, DIRECTOR DE PROYECTOS Y CORRESPONSABLES.
Para obtener el registro de responsables Directores de Obra, Directores de Proyectos y/o Corresponsables, se deberán cumplir los siguientes requisitos:

PARA SER RESPONSABLE DIRECTOR DE OBRA Y DIRECTOR DE PROYECTOS:

Registrar ante la unidad administrativa del municipio donde tenga su residencia: la cédula profesional, domicilio y firma.
Tener registro de la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública y del Departamento de Profesiones del Estado, de Arquitecto, Ingeniero-Arquitecto ó Ingeniero Civil.

Conocer la presente ley, el Reglamento respectivo, normas técnicas complementarias   así  Como la Ley de Desarrollo Urbano del estado, el Reglamento de Fraccionamientos y la Ley Sobre el Régimen de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el estado de B.C.

Los cambios de domicilio deberán de notificarse por escrito en un plazo no mayor de  treinta días después de efectuarse éste.


CORRESPONSABLE: INGENIERO ELECTROMECÁNICO.


C.- LEY DE PROFESIONES DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA.- Podrán Ejercer los profesionistas con su Título, Cédula Profesional Federal, registro Estatal y será opcional pertenecer a un gremio.

ARTÍCULO 5.- EL COLEGIO ES DE NACIONALIDAD MEXICANA.- Acorde al artículo 5 de la ley de nacionalidad y naturalización  vigente y sus  asociados  convienen de conformidad  con el artículo de la ley orgánica de la fracción  1 artículo 27 constitucional y artículo 2 reformado de su reglamento en ¨que todo extranjero que en el acto de la constitución o cualquier tiempo ulterior, adquiera un interés o participación social ante la asociación se considera por solo este hecho, como mexicano respecto de una de otra y se entenderá que conviene en no invocar la protección  de su gobierno, de perder dicho interés o participación en beneficio de la nación mexicana, en la inteligencia de que en el caso de ingreso de algún socio extranjero, deberá solicitarse el permiso previo a la secretaría de relaciones exteriores.
 
ARTÍCULO 6.- El emblema del COLEGIO DE ARQUITECTOS E INGENIEROS INNOVADORES DE TECATE, A.C., aprobado por la asamblea el 29 de octubre 2010, diseño de ARQ. NANCY RIVERA MOSQUEDA.

CAPITULO II
DEL PATRIMONIO DEL COLEGIO

ARTÍCULO 7.- El COLEGIO DE ARQUITECTOS E INGENIEROS INNOVADORES DE TECATE, A.C., Es una asociación mexicana, sin ánimo de lucro, ni de especulación comercial, por lo que el patrimonio se constituye con las aportaciones de sus miembros principalmente.
El patrimonio del COLEGIO DE ARQUITECTOS E INGENIEROS INNOVADORES DE TECATE,  A.C., se integrará con las cuotas que aporten los miembros colegiados y que determine la asamblea general, además de los subsidios y donativos que gestione el consejo directivo y será destinado exclusivamente a la realización de los fines del Colegio.
 
CAPITULO III
DE LOS ASOCIADOS O MIEMBROS
 
ARTÍCULO 8.- Son miembros y/o asociados del COLEGIO DE ARQUITECTOS E INGENIEROS INNOVADORES DE TECATE, A.C., todos aquellos profesionales en el área de la arquitectura, que hayan participado en la fundación del Colegio, así como aquellos que se hubieren adherido al mismo de conformidad con el presente capitulo.

LOS MIEMBROS COLEGIADOS SE CLASIFICAN EN CINCO TIPOS.-
 
1.- MIEMBROS VITALICIOS.- Son los profesionistas del área de la arquitectura formadores y fundadores de este COLEGIO DE ARQUITECTOS E INGENIEROS INNOVADORES DE TECATE, A.C., y por tal motivo sus derechos de pertenecer a este colegio son permanentes:
Formadores y fundadores
ARQ. ELEAZAR RIVERA TINAJERO, ARQ. NANCY RIVERA MOSQUEDA, ARQ. GUILLERMO VÉLEZ.
 
2.- MIEMBROS FUNDADORES.- Los profesionistas del área de la arquitectura que han tomado parte en la formación inicial de este colegio, y demás escuelas ó agrupaciones de diseño gráfico, artistas plásticos y contratistas del área de la construcción, sus derechos de pertenecer a este colegio son permanentes:
 
3.- MIEMBROS PROFESIONISTAS ARQUITECTOS, INGENIEROS.- Los egresados de una escuela ó facultad de Arquitectura e Ingeniería con título reconocido por la Dirección General de Profesiones y registrado en el estado de  Baja California y sean aceptados por la asamblea y se encuentren al corriente de las obligaciones de los asociados.
 
4.- MIEMBROS CORRESPONDIENTES.- Miembros profesionistas y técnicos que correspondan a la área de la Arquitectura e Ingeniería, construcción, urbanismo y de las artes. Los integrantes de escuelas de Topografía , de Diseño  Gráfico , Artistas Plásticos, Contratistas registrados , Urbanistas , Paisaje Urbano, Bioclima Urbano, Administración Urbana, Legislación Urbana , Arquitectura de Sistemas, Arquitectos Licitantes , así como de Planeación e Imagen Urbana.
 
5.- MIEMBROS HONORARIOS.- Se designa con esta calidad a personas de extraordinario valor académico ó humanístico, que serán propuestas a través del consejo consultivo y su candidatura se someterá a la aprobación unánime de todos y cada uno de los miembros activos.
 
6.- ASPIRANTES A MIEMBRO.- Se llama miembros aspirantes a los estudiantes de la carrera de Arquitectura, que se encuentren cursando satisfactoriamente su carrera a partir del octavo semestre, y que pretendan el ingreso al Colegio de Arquitectos.

ARTÍCULO 9.- El ingreso de los asociados o miembros y su permanencia se regirá conforme al presente estatuto, debiendo cumplir con los requisitos y las obligaciones que a continuación se establecen.

SECCIÓN I.- DE LOS REQUISITOS DE ADMISIÓN
 
ARTICULO 10.- Para obtener ingreso al CAIITAC, COLEGIO DE ARQUITECTOS E INGENIEROS INNOVADORES DE TECATE, A.C. se requiere:

A.-  ARQUITECTOS.-
1.- Ser mexicano, mayor de edad; 
2.- Contar  con título a nivel licenciatura de Arquitecto expedido por universidad o escuela pública o privada debidamente registrada.
3.- Contar con la Cédula Profesional Federal expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaria de Educación Pública.
4.- Ser persona honesta
 
B.- DISEÑADORES GRÁFICOS.-
1.- Ser mexicano, mayor de edad; 
2.- Contar  con título expedido por universidad o escuela pública o privada debidamente registrada,
3.- Contar con la Cédula Profesional Federal expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaria de Educación Pública.
4.- Ser persona honesta
 
C.- INGENIERO CIVIL.-
1.- Ser mexicano, mayor de edad. 
2.- Contar  con título a nivel licenciatura de Ingeniero Civil expedido por universidad o escuela pública o privada debidamente registrada.
Presentar curricular en el área.  
3.- Contar con la Cédula Profesional Federal expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaria de Educación Pública.
4.- Ser persona honesta.
 
D.-  TOPÓGRAFOS.-
1.- Ser mexicano, mayor de edad. 
2.- Contar  con título a nivel licenciatura de Ingeniero Civil expedido por universidad o escuela pública o privada debidamente registrada.
Presentar curricular en el área.  
3.- Contar con la Cédula Profesional Federal expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaria de Educación Pública.
4.- Ser persona honesta
 
E.- ASPIRANTES A MIEMBROS.-
1.- Ser mexicano, mayor de edad. 
2.- Presentar certificado de estudios.
3.- Encontrarse cursando la carrera de arquitectura o ingeniería partir del octavo semestre. 
4.- ser persona honesta.

Todos los aspirantes a ingresar al Colegio de Arquitectos deberán presentar solicitud de ingreso a la Comisión de Admisión acompañando  fotocopias de los requisitos indispensables, así como del acta de nacimiento y certificación de posgrado en su caso.

SECCIÓN II – DE LAS OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LOS MIEMBROS DEL COLEGIO

ARTICULO 11.- DE LAS OBLIGACIONES GENERALES DE LOS MIEMBROS.
 
A.- Acatar estos estatutos, sus reglamentos y las decisiones de la asamblea general y en su caso del consejo directivo, miembros vitalicios.
 
B.- Cumplir con los objetivos del colegio
 
C.- Comportarse con lealtad respecto a la asociación y asociados.
 
D.- Cubrir puntualidad las  cuotas ordinarias y extraordinarias que determine la asamblea general.
 
E.- Asistir al 50% o más de las asambleas que se cotejarán cada 6 meses.
 
F.- Votar en las asambleas generales.
 
G.- Abstenerse de votar en asuntos en que se encuentren directamente involucrados.
 
H.- Cumplir con los trabajos y comisiones que les sean designadas por la asamblea general o en su caso por el consejo directivo.
 
I.- Participar en todo acto trascendental que tenga como objetivo la defensa de la asociación y de sus miembros.
 
J.- En lo general hacer todo lo que se derive de la ley de estos estatutos.
 
ARTÍCULO 12.- LOS DERECHOS DE LOS MIEMBROS.
 
A.- Obtener documento que lo acredite como miembro colegiado, credencial emitida por el colegio.
B.- Ser inscrito en el libro del colegio.
C.- Participar en las concesiones, dividendos y ventajas que obtenga el colegio.
D.- Solicitar y obtener del Consejo Directivo toda clase de informes respecto a la actividad del colegio.
E.- Vigilar el patrimonio del colegio sea destinado a los fines de la misma.
F.- Denunciar a la asamblea general las irregularidades en que incurra el consejo directivo o cualquiera de los asociados.
G.- Ser oídos en la asamblea directamente o través de los asesores que tengan a bien designar.
H.- Participar en las comisiones a las que se le haya nombrado.
 I.-  SÓLO TENDRÁN DERECHO LOS MIEMBROS ARQUITECTOS, INGENIEROS  A CONTENDER A LA  PRESIDENCIA Y CONSEJO DIRECTIVO del COLEGIO DE ARQUITECTOS E   INGENIEROS  INNOVADORES  DE TECATE, A.C.
K.- Todos los miembros del COLEGIO DE ARQUITECTOS E INGENIEROS INNOVADORES DE  TECATE, A.C., tienen el derecho de participar en la vida política y en la función pública de los tres Niveles de gobierno: municipio, estado y de la federación, no impide tener alguna función  dentro del Colegio ó de pertenecer al Consejo  Directivo.
                                 
SECCIÓN III –LA SEPARACIÓN Y EXCLUSIÓN DE LOS COLEGIADOS.
 
ARTÍCULO 13.- Cualquier miembro colegiado podrá separarse voluntariamente del colegio con renuncia presentada por escrito ante la asamblea general, con explicación detallada de los motivos que indujeron a tomar esa decisión

ARTÍCULO 14.- Pueden ser causa de exclusión de un asociado.
A) – No cumplir con los objetivos de la asociación.
B) – No acudir a las asambleas generales en un  porcentaje 50% de las mismas (durante el transcurso de seis meses).
C) – La falta de cuota durante 6 meses.
D) – Por ataque al colegio y a sus miembros.
E) – Negarse sin motivo justificado a desempeñar las comisiones que le sean designadas por la asamblea general o el consejo directivo.

ARTÍCULO 15.- Los colegiados que voluntariamente se separen o sean excluidos perderán todo derecho dentro del colegio.

SECCIÓN IV – DEL REINGRESO.
 
ARTÍCULO 16.- Podrán reingresar los colegiados que se haya separado voluntariamente, presentando su solicitud por escrito en la que conste que se cubrirán las obligaciones inherentes a los colegiados.
 
ARTÍCULO 17.- Para el reingreso de los excluidos, deberán presentar por escrito su solicitud al Consejo de Honor y Justicia, el cual lo someterá a la Asamblea General, la cual decidirá por mayoría de votos de las 3/4 partes constituida en quórum legal.
En el caso de aprobar el reingreso el solicitante se deberá obligar a cumplir con los requisitos que establece el artículo anterior.
 
CAPITULO I
DE LOS ÓRGANOS DEL COLEGIO

ARTÍCULO 18.- La administración y funcionamiento del colegio de arquitectos, quedará a cargo de cuatro órganos.
A.- LA ASAMBLEA GENERAL
B.- EL CONSEJO DIRECTIVO.
C.- LAS COMISIONES.
D.-MIEMBROS VITALICIOS Y FUNDADORES.
 
SECCIÓN I- DE LA ASAMBLEA GENERAL:
 
ARTÍCULO 19.- LOS MIEMBROS VITALICIOS Y FUNDADORES SON EL ÓRGANO SUPREMO DEL COLEGIO DE ARQUITECTOS E INGENIEROS INNOVADORES DE TECATE, A.C. PRESIDIDA POR EL CONSEJO DIRECTIVO, EN LA CUAL PARTICIPAN EN LA ASAMBLEA GENERAL TODOS LOS MIEMBROS PROFESIONISTAS Y CORRESPONDIENTES.
 
ARTÍCULO 20.- Las sesiones de la Asamblea General serán de dos clases ordinarias y extraordinarias, unas y otras y deberán reunirse en el domicilio social del colegio, salvo caso fortuito, fuerza mayor o en el lugar que acuerde la asamblea.
 
ARTÍCULO 21.- Para que las decisiones y acuerdos que la Asamblea sean legales y obligatorios para todos los colegiados deberá constituirse con el quórum que marquen estos estatutos.
El quórum legal de las asambleas ordinarias se formara con la presencia del 50% más uno de los miembros activos acreditados.

ARTÍCULO 22.- EL quórum legal de las asambleas extraordinarias será el mismo que las ordinarias, excepto cuando se trate de discutir sobre:

A).- DISOLUCIÓN DEL COLEGIO.
B).- MODIFICACIONES DE ESTATUTOS DEL COLEGIO
C).- CAMBIO DE DENOMINACIÓN DEL COLEGIO
D).- SEPARACIÓN O AFILIACIÓN A ÓRGANOS ESTATALES, REGIONALES, NACIONALES O INTERNACIONALES
E).- ELECCIÓN DE MIEMBROS HONORARIOS.

En los casos anteriores el quórum legal se formará con el 90% de los miembros asociados, miembros vitalicios y fundadores  para la elección de miembros honorarios de acuerdo a la fracción ¨d¨ del artículo 8 de estos estatutos.
 
ARTÍCULO 23.- Las asambleas ordinarias se efectuaran :DE FORMA Bimestral, septiembre, noviembre, enero, marzo, mayo, julio, (octubre, diciembre, febrero, abril, junio, agosto)

ORDEN DEL DÍA:
A).- Apertura de la sesión, con lectura y aprobación en su caso del orden del día.
B).- Lista de presentes y declaración del quórum legal.
C).- Lectura de la sesión anterior y aprobación en su caso por los asambleístas
D).- Lectura de correspondencia.
E).- Informes del Consejo Directivo.
F).- Informes de Comisiones.
G).- Programación de asuntos específicos.
H).- Programación de actividades bimestrales.
H).- Asuntos Generales.
I).- Resumen, síntesis y conclusiones (que se llevarán a cabo en cada sesión y difundido por el secretario ó presidente a la totalidad de los miembros activos)
J).- Clausura de la asamblea.
K).- Convivencia social

ARTÍCULO 24.- En los casos que exigiera un quórum determinado para la celebración de una asamblea y no se reuniera dicho quórum, se citara por segunda vez, advirtiendo a los miembros activos de que cualquiera que fuera el número de asistentes se llevará a cabo la asamblea.
 
ARTÍCULO 25.- De toda la asamblea se levantará un acta que se asentará en el libro respectivo, firmada por el presidente y el secretario de la asociación.
 
ARTÍCULO 26.- Las actas de elecciones así como los acuerdos tomados en asambleas generales extraordinarias serán protocolizadas ante el Consejo Consultivo.

ARTÍCULO 27.- Las asambleas generales ordinarias deberán reunirse en las fechas establecidas ó en cualquier tiempo cuando a juicio de la misma asamblea o el consejo directivo lo juzgue necesario.
 
SECCIÓN II- CONSEJO DIRECTIVO
 
ARTÍCULO 28.- El Consejo Directivo es el órgano de administración y representación del Colegio de Arquitectos y estará integrado por cinco funcionarios; Presidente, Secretario, Tesorero, Auditor (vocal), COMISIÓN DE REGISTROS (VOCAL) los  cuatro serán nombrados personalmente y bajo su responsabilidad, por el presidente electo y deberán ser miembros colegiados al corriente con sus obligaciones (deberes) para con el colegio según el artículo 11 de estos estatutos.
 
ARTÍCULO 29.- Los miembros del Consejo Directivo permanecerán en su cargo tres años, en relación a la inicio de toma del presidente municipal en turno, al cabo de los cuales serán substituidos por los electos aprobados en la asamblea correspondiente, que se efectuara en el mes de noviembre.
Se podrá permitir la reelección para el período inmediato consecutivo.
 
ARTÍCULO 30.- El Consejo Directivo sesionará por lo menos 1 vez al bimestre, siendo convocados los miembros por el secretario, en la fecha y lugar que determine el presidente.
 
ARTÍCULO 31.- De los acuerdos tomados en las sesiones del Consejo Directivo, el Secretario tomará nota para ponerlos a consideración de la asamblea general.
 
ARTÍCULO 32.- Son funciones del Consejo Directivo.
A.- Representar al colegio de arquitectos y ejecutar los acuerdos de la asamblea general.
B.- Cumplir y hacer cumplir constitución de los estados unidos  mexicanos, asimismo la ley de edificaciones del estado de baja california y estos estatutos.
C.- Disponer de los fondos del activo circulante del colegio, de acuerdo al reglamento para el logro de los fines de la misma.
D.-Elaborar y enviar un informe semestral o anual a cada uno de los colegiados.
E.- Convocar a las sesiones de la Asamblea General.
F.- Custodiar y llevar los libros y documentos del colegio, con excepción de los que específicamente correspondan a una comisión.
G.- Nombrará  a los integrantes de las comisiones temporales que deberán ser ratificadas por la asamblea general.
H.- En general a todos aquellos actos que le confiere a la ley y estos estatutos.
 
ARTICULO 33.- De las funciones de los miembros del Consejo Directivo
 
1.- DEL PRESIDENTE:

A.- Presidir las sesiones del Consejo Directivo y de la Asamblea General.
B.-Convocar las sesiones y asambleas por medio del Secretario
C.- Ejercer su voto de calidad en caso de empate.
D.- Nombrar de acuerdo con los integrantes del Consejo Directivo a los miembros de las comisiones temporales.
E.- Firmar junto con el secretario respectivo las actas de las sesiones, asambleas y documentos que acrediten la personalidad de los miembros del colegio.
F.- Revisar y dar aprobación en su caso a los informes que presenten las comisiones.
G.- Representar al colegio en todos los aspectos, con poder limitado para negociar, para todo fin legal que se derive de estos estatutos, pudiendo delegar este poder  en los miembros del consejo directivo o las comisiones.
H.- Rendir un informe de sus actividades en cada sesión ordinaria de la Asamblea General y un informe general de las actividades realizadas al terminar su período.

2.- DEL SECRETARIO:

A.- Asistir a todas las sesiones del consejo directivo y asambleas generales.
B.- Coordinar las actividades de las comisiones temporales.
C.- Sustituir al presidente en sus faltas temporales o accidentales.
D.- Coordinar las actividades de la tradicional convivencia anual, en la que el colegio es anfitrión.
E.- En general realizar todas las funciones que sean compatibles con su nombramiento.
F.- Enviar de acuerdo con el Presidente, las convocatorias para las sesiones de la Asamblea General y del Consejo Directivo.
G.- Levantar las actas de la asamblea y hacerlas del conocimiento de los colegiados.
H.- En las sesiones someter al conocimiento y aprobación de la asamblea general, el orden del día, el acta de sesión anterior, los acuerdos del consejo directivo y el contenido de la correspondencia recibida y despachada.
I.- Obtener el resumen y conclusiones de cada asamblea con el objeto de hacerlo llegar a cada miembro colegiado.
J.- Llevar la asistencia de las sesiones y el control del quórum.
K.- Registrar las votaciones y dar cuenta de ellas al presidente
L.- Firmar junto con el Presidente o solo, con la autorización de este, la correspondencia del colegio.
LL.- Conservar una copia de todos los documentos, actas y correspondencia del colegio integrando bajo su custodia y responsabilidad en segundo archivo.
M.- Velar por el desempeño de los asuntos pendientes a cargo de las comisiones
N.- Tramitar junto o con autorización del Presidente de todo asunto entre el colegio y autoridades.
O.- Firmar junto con el Presidente, los documentos que acrediten  la personalidad de los miembros del colegio.
 
3 - DEL TESORERO

A.- Manejar los fondos  del activo circulante del colegio con autorización del Presidente, disponer de los mismos para realizar los gastos necesarios para fines del mismo.

B.- Cobrar las cuotas de los colegiados quienes serán solidariamente responsables de sus pagos.

C.-Firmar junto con el Presidente todos los documentos de interés económico.

D.- Rendir informe de los movimientos en cada sesión de negocios, tanto de la misma asamblea general como del consejo directivo.

E.- Estar enterado de la cuantía del patrimonio del colegio, su movimiento y tipos de inversión para su conservación e incremento.

F.- Estar en general participar en todos los asuntos de interés económico del colegio.
 
4- COMISIÓN DE REGISTROS (VOCAL).-

Llevar un registro de los colegiados que entregará al secretario, teniendo al día el directorio de los mismos, que contenga:

  1.-      NOMBRE DEL ASOCIADO
  2.-      COPIA DEL TÍTULO
  3.-      CURRCULUM VITAE
  4.-      CÉDULA PROFESIONAL
  5.-      REGISTRO ESTATAL
  6.-      DOMICILIO LABORAL
  7.-      DOMICILIO PRIVADO
  8.-      DIPLOMA DE ESPECIALIDAD
  9.-      TELÉFONOS
10.-      FOTOGRAFÍA PARA CREDENCIAL.
11.-      CORREO ELECTRÓNICO.

Q.- Llevar un registro de los domicilios sociales de federaciones y secciones colegiadas del la región, del país, con el nombre del presidente de las mismas.
R.- Elaborar un directorio de las autoridades con quienes el colegio tenga o deba tener relaciones directa e importante.
S.- Dar un informe de los asuntos a su cuidado  en cada sesión de la asamblea general.
T.- En general realizar todas las comisiones y resolver los asuntos que le señalen la ley y estos estatutos.
 
5.- DEL AUDITOR  (VOCAL) informe al presidente y secretario.

A.- Suplir las faltas temporales del tesorero.
B.- Coordinar las actividades de todas las comisiones con objetos económicos.
C.- Dar cuenta a los colegiados de cualquier anomalía que detectara en los movimientos económicos, tanto del Consejo Directivo como de las comisiones que manejan fondos del colegio.
D.- Revisar y en su caso notificar errores de los libros y documentos de carácter económico del colegio.
E.- Convocar a sesión extraordinaria de la asamblea general cuando a su juicio sea necesario para la aprobación de adquisiciones o movimientos económicos del colegio.
F.-En general realizar todas las funciones especificadas en la ley y que se deriven de estos estatutos.

SECCIÓN III – DE LAS COMISIONES
 
ARTÍCULO 35.- Para el desarrollo y programación de las actividades del colegio, el Consejo Directivo se apoyara en comisiones las cuales serán de dos tipos.-

A.- PERMANENTES
B.- TEMPORALES
 
ARTÍCULO 36.- Son Comisiones Permanentes las que designe el Consejo Directivo y deberán ser aprobadas por la asamblea general, se llamarán:
A.- Comisión  de honor y justicia, estatutos, admisión y contraloría.
B.- Comisión de registros
C.- Comisión de relaciones públicas, prensa y propaganda
D.- Comisión de servicios profesionales
E.- Comisión de estudio y discusión, superación,  eventos especiales y congresos.        

ARTÍCULO 37.- SON FUNCIONES DE LAS COMISIONES PERMANENTES: 

A.- HONOR Y JUSTICIA, ESTATUTOS, ADMISION Y CONTRALORIA: ACTUAR COMO ORGANO JURISDICCIONAL EN LAS ACUSACIONES EXTERNAS O INTERNAS A CUALQUIERA DE LOS COLEGIADOS, RINDIENDO UN INFORME DEL CASO AL CONSEJO DIRECTIVO, PARA SU CONOCIMIENTO POR LA ASAMBLEA GENERAL. LA FORMARÁN EXPRESIDENTES, MIEMBROS VITALICIOS Y FUNDADORES.

B.- TENER BAJO SU CUSTODIA Y RESPONSABILIDAD EL PATRIMONIO DE LA ASOCIACIÓN, ASI COMO SUPERVISAR, Y EN SU CASO, APROBAR LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS REALIZADOS TANTO POR EL CONSEJO DIRECTIVO, COMO POR CADA UNA DE LAS COMISIONES.

C.- REVISAR Y ACTUALIZAR, PARA MANTENER VIGENTE LOS ESTATUTOS DEL COLEGIO Y MANTENER LOS OBJETIVOS DE ESTE COLEGIO ES RESPONSABILIDAD DE LOS MIEMBROS VITALICIOS Y FUNDADORES, LA REVISIÓN DEBERA REALIZARSE Y PONER A CONSIDERACIÓN DE LA ASAMBLEA GENERAL POR LO MENOS CADA TRES AÑOS.

D.- LOS MIEMBRO VITALICIOS Y MIEMBROS FUNDADORES TENDRÁN LA FACULTAD DE APROBAR Ó RECHAZAR EL INGRESO DE LOS MIEMBROS CORRESPONDIENTES, propuestos por la asamblea. RECHAZO POR, desconfianza, hablar en contra del colegio ó miembros, no contar con su apoyo, inconsistencia, deshonestidad en su ejercicio profesional, etc.

COMISION DE REGISTROS
1.- VERIFICA LOS DATOS Y REQUISITOS DE ADMISIÓN A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 9 DE ESTOS ESTATUTOS.
2.- ENTREGAR SOLICITUD DE INSCRIPCION AL ASPIRANTE ASI COMO REQUISITOS DE INGRESO VERIFICAR LA VALIDES DE LOS DOCUMENTOS ENTREGADOS COTEJÁNDOLOS CON LOS ORIGINALES.

3.- TURNAR AL CONSEJO DIRECTIVO Y PONER A CONSIDERACION DE LA ASAMBLEA LA SOLICITUD DE INGRESO  DEL SOLICITANTE.

4.- DETERMINAR SOBRE LA ACEPTACIÓN O RECHAZO DE LAS SOLICITUDES DE INGRESO AL COLEGIO PREVIA REVISIÓN.

5.- TURNAR A LA MESA DIRECTIVA Y MIEMBROS VITALCIOS Y FUNDADORES PARA EMITIR  DICTAMEN DE APROBACIÓN O RECHAZO SOBRE LAS SOLICITUDES DE INGRESO DE NUEVOS COLEGIADOS.

6.- ENTREGAR SOLICITUDES PARA REINGRESO DESPUES QUE UN COLEGIADO HA ESTADO AUSENTE.

7.- AREA DE LOS MIEMBROS COLEGIADOS CORRESPONDIENTES. COMISIÓN DE RELACIONES PÚBLICAS, PRENSA Y PROPAGANDA:

A.- ESTABLECER LOS NEXOS CON PERSONAS Y AGRUPACIONES, TANTO DE LA ESFERA OFICIAL COMO DE LA PRIVADA, NACIONALES Y EXTRANJERAS, PARA LOGRAR LOS FINES DEL COLEGIO Y DAR A CONOCER A LA COMUNIDAD LOS PROGRAMAS, PROYECTOS Y ACTIVIDADES DEL COLEGIO Y SUS MIEMBROS.

B.- SEGUROS Y MUTUALISMO: PRESENTAR PLANES Y PROYECTOS. ANTE LA ASAMBLEA GENERAL, DE SEGUROS Y MUTUALISMO DE BENEFICIO PARA LOS ASOCIADOS, Y EJECUTARLOS, UNA VEZ APROBADOS; QUEDANDO BAJO SU RESPONSABILIDAD EL MANEJO DE LOS FONDOS DE ACUERDO CON LOS REGLAMENTOS RESPECTIVOS.

C.- EVENTOS ESPECIALES: PLANEAR Y REALIZAR, PREVIA APROBACION DE LA ASAMBLEA GENERAL, EVENTOS CON OBJETIVOS ESPECIFICOS Y QUE PERSIGAN SIEMPRE BENEFICIOS PARA EL COLEGIO Y SUS MIEMBROS.

D.- ASESORIA: PROPONER Y ORGANIZAR, CON LA APROBACION DE LA ASAMBLEA GENERAL, A LAS DIVERSAS PERSONAS O GRUPOS PROFESIONALES, CUYO CONOCIMIENTO SE CONSIDERE NECESARIO, TANTO PARA LA BUENA MARCHA, COMO PARA LA PROTECCION DE SUS MIEMBROS, PROCURANDO QUE ESTA FUNCION SEA ENCOMENDADA A LOS COLEGIADOS QUE POSEAN ESTE TIPO DE PREPARACION PROFESIONAL.

E.- INVERSIONES: PLANEAR Y EFECTUAR, CON LA APROBACIÓN DE LA ASAMBLEA GENERAL, LAS INVERSIONES MÁS ADECUADAS PARA INCREMENTAR EL PATRIMONIO DEL COLEGIO.

F.- COPERATIVISMO: ESTUDIAR, PLANEAR Y ORGANIZAR, MEDIANTE LA APROBACIÓN DE LA ASAMBLEA GENERAL, LA INSTALACIÓN DE COPERATIVAS PARA BENEFICIO DEL COLEGIO Y DE SUS MIEMBROS.

G.- AREA DE CONSTRUCCION: CON BASE EN LOS FONDOS DE LA ASOCIACION, DONACIONES Y SUBSIDIOS QUE LOGRE, PRESENTARA PROYECTOS A LA ASAMBLEA GENERAL, Y CON SU APROBACION, REALIZARA LAS OBRAS QUE INCREMENTEN Y DESARROLLEN LOS BIENES INMUEBLES DE LA ASOCIACION.

SERVICIOS PROFESIONALES:

A-         PROYECTAR LOS SERVICIOS QUE SE PROPORCIONARAN A LA POBLACION ABIERTA, ECONOMICAMENTE DEBIL, CUYO COSTO SERA CUBIERTO CON RECURSOS FISCALES, PONIENDO A CONSIDERACION DE LA ASAMBLEA GENERAL LA ORGANIZACION, FUNCIONAMIENTO Y COSTOS DE ESTOS SERVICIOS, PARA SU ESTUDIO Y APROBACION.

COMISIÓN DE ESTUDIO Y DISCUSIÓN, SUPERACIÓN,  EVENTOS ESPECIALES Y CONGRESOS

A-            PROYECTO COMO INICIATIVA DE LEY  SE DETERMINARA, EN ASAMBLEA GENERAL, EL REPRESENTANTE ARQUITECTO E INGENIEROS DE NUESTRO COLEGIO ANTE EL CONSEJO ESTATAL DE CERTIFICACION Y RECERTIFICACION ARQUITECTOS  DE ACUERDO A LOS REQUISITOS DE ESTE ORGANO DE LA FEDERACION ARQUITECTOS  DE B.C.

B-         ORGANO DE  ARQUITECTOS E INGENIEROS DEL ESTADO DE  BAJA CALIFORNIA, EN PROYECTO DE LEY (EN LA CAMARA DE DIPUTADOS DEL ESTADO) CREADO COMO COMISION ESTATAL DE CERTFICACIÓN DE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS DE ARQUITECTOS E INGENIEROS; SE PROPONDRÁ REPRESENTANTE COLEGIADO Y SE ELIGIRÁ EN VOTACION DE ASAMBLEA GENERAL, SEGÚN LOS REQUISITOS PARA OCUPAR EL PUESTO.

C-         CONGRESOS: PLANEAR, ORGANIZAR Y REALIZAR, PREVIA APROBACION DE LA ASAMBLEA, LOS EVENTOS CIENTIFICO CULTURALES DE LOS CONGRESOS ESTATALES DE ARQUITECTOS E INGENIEROS DE BAJA CALIFORNIA Y DE LOS LOCALES (SIMPOSIUN, SEMINARIOS, TALLERES, OTROS.) CON EL APOYO DE TODOS LOS MIEMBROS COLEGIADOS ACTIVOS,

ARTÍCULO 38.- SON COMISIONES TEMPORALES.
Las creadas con un fin determinado y que terminan su gestión al lograr su objetivo. Serán nombradas por el consejo directivo y ratificadas por la asamblea general.

A) COMISION DE EVENTOS CIENTIFICOS:
1.- PLANIFICAR Y DESARROLLAR LAS ACTIVIDADES DE CARÁCTER CIENTIFICO DEL COLEGIO.
2.- ORGANIZAR E INCREMENTAR UNA BIBLIOTECA TENDIENTE A ELEVAR EL NIVEL CULTURAL Y CIENTIFICO DE LOS COLEGIADOS.

B) COMISION DE EVENTOS SOCIALES Y CULTURALES:
1.- ORGANIZAR EVENTOS SOCIALES Y CULTURALES PARA PROYECTAR INTERNA Y EXTERNAMENTE LA PERSONALIDAD DEL COLEGIO.

C) COMISION DE EVENTOS DEPORTIVOS:
1.- ORGANIZAR Y DESARROLLAR ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y RECREATIVAS PARA ESPARCIMIENTO DE LOS COLEGIADOS Y SUS FAMILIAS.

SECCION IV: DEL CONSEJO ESTATAL UNICO DE CERTIFICACION  Y  RECERTIFICACION ARQUITECTOS.
CELEBRAR CONVENIOS CON ORGANISMOS CERTFICADORES
 
ARTICULO 39.- ORGANO ESTATAL DE ARQUITECTOS E INGENIEROS DE BAJA CALIFORNIA (EN PROYECTO DE LEY) QUE SE ENCARGARA DE CERTIFICAR A LOS PROFESIONALES DE LA ARQUITECTURA E INGENIERÍA SEAN• ARQUITECTOS E INGENIEROS  O ESPECIALISTAS Y SUS CORRESPONDIENTES: DISEÑADORES GRÁFICOS, ING.TOPOGRÁFOS; QUE SERÁ ELECTO EN ASAMBLEA GENERAL Y DE ACUERDO AL REGLAMENTO INTERNO DEL MISMO.

CAPITULO V
DE LAS ELECCIONES:

ARTICULO 40.- SOLO SE ELIGIRÁ AL PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO YA QUE LOS DEMAS CARGOS SERAN DESIGNADOS POR EL MISMO PREVIA APROBACION DE LA ASAMBLEA GENERAL.
 
ARTICULO 41.- LA ELECCION DEL PRESIDENTE PODRA HACERSE MEDIANTE VOTO LIBRE O SECRETO Y SIEMPRE A PROPUESTA DE MIEMBROS COLEGIADOS ACTIVOS Y SÓLO CONTENDRÁN MIEMBROS ARQUITECTOS E INGENIEROS, ART. 12 INCISO I
 
ARTICULO 42.- NO SE ACEPTARAN ELECCIONES QUE SE VERIFIQUEN SIN HABERSE CONVOCADO A LAS MISMAS MEDIANTE UNA CIRCULAR DIRIGIDA A CADA UNO DE LOS MIEMBROS ACTIVOS CON DERECHO A VOZ Y VOTO.
 
ARTICULO 43.-  LAS ELECCIONES SE REALIZARAN EN LA PRIMER SESION ORDINARIA DE LA ASAMBLEA GENERAL DEL MES DE noviembre  DE CADA AÑO, PARA SU TOMA DE POSESION CON EL RESTO DEL CONSEJO DIRECTIVO EN LA PRIMER SESION ORDINARIA DEL MES DE JULIO DE CADA AÑO.
 
ARTICULO 44.- LA ORGANIZACIÓN DE LA CEREMONIA PARA LA TOMA DE PROTESTA Y EL ACTO SOCIAL, SI SE VERIFICA SERAN REALIZADOS POR EL CONSEJO DIRECTIVO ELECTO.
 
ARTICULO 45.- EL CONSEJO DIRECTIVO SALIENTE ENTREGARA UN INFORME COMPLETO ASI COMO DOCUMENTACION AL CONSEJO DIRECTIVO ENTRANTE, LA PRIMERA SEMANA DEL MES DE NOVIEMBRE  (FECHA DE CAMBIO DE FUNCIONARIOS) Y ANTE ASAMBLEA GENERAL.
 
ARTICULO 46.- SE ENTREGARA ORIGINAL DE ACTA DE ELECCIONES, A MAS TARDAR 15 DIAS DESPUES DE QUE SE VERIFIQUEN ESTAS, AL PRESIDENTE ELECTO CON LA FINALIDAD DE QUE SE PROCEDA DE ACUERDO AL CAPITULO IV SECCION II ARTICULO 27 DE ESTOS ESTATUTOS.
 
CAPITULO VI
DE LA DISOLUCION DE LA ASOCIACION Y LIQUIDACION DE BIENES:
 
ARTICULO 47.- LA ASOCIACION SOLO SE DISOLVERA POR EL VOTO EXPRESO Y NOTARIZADO DEL 90%  DE LOS MIEMBROS ACTIVOS COLEGIADOS, MIEMBROS VITALICIOS Y FUNDADORES.
 
ARTÍCULO 48.- LA ASAMBLEA GENERAL QUE APRUEBE LA DISOLUCION, DESIGNARA UN COMITÉ LIQUIDADOR QUE ACTUARA DE ACUERDO CON LAS SIGUIENTES BASES:

A) FORMARA UN BALANCE GENERAL DEL ACTIVO Y PASIVO DE LA ASOCIACION.

B) PROCEDERÁ A LA VENTA O REALIZACION DE LOS BIENES INDISPENSABLES PARA CUBRIR EL PASIVO.

C) EL SALDO Y BIENES QUE QUEDEN SERAN ENTREGADOS FORMALMENTE; PASANDO EN FORMA AUTOMATICA ASU LIQUIDACION PARA SER REPARTIDO ENTRE LOS MIEMBROS ACTIVOS. TRANSITORIOS ARTICULO 1.- PARA LA INTERPRETACION, EJECUCION Y CUMPLIMIENTO DE ESTOS ESTATUTOS SE DEJARA COMO LEY APLICABLE LA LEY REGLAMENTARIA DE EL ARTICULO 5º  CONSTITUCIONAL, EL CODIGO CIVIL DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA.


1.- MIEMBROS VITALICIOS.- Son los profesionistas del área de la arquitectura que han tomado parte en la formación y fundación de este COLEGIO DE ARQUITECTOS E INGENIEROS INNOVADORES DE TECATE, A.C., y por tal motivo sus derechos de pertenecer a este colegio son permanentes:
Formadores y fundadores.
ARQ. ELEAZAR RIVERA TINAJERO, ARQ. NANCY RIVERA MOSQUEDA, ARQ. GUILLERMO VÉLEZ.

2.- MIEMBROS FUNDADORES.- Los profesionistas del área de la ARQUITECTURA E INGENIERÍA que han tomado parte en la fundación inicial de este colegio, sus derechos de pertenecer a este colegio son permanentes: ARQ. JAVIER IGNACIO URBALEJO CINCO, ING. RUBÉN SALAZAR SANDOVAL, ARQ. HÉCTOR TREJO, ING. MARTHA ACEVES ARIAS, ING. ENRIQUE ESQUIVEL RODRÍGUEZ, ING. ROBERTO SILVA GODÍNEZ.
 
3.- MIEMBROS CORRESPONDIENTES FUNDADORES.- Los integrantes de escuelas de topografía, artistas plásticos y Contratistas Registrados, con derechos permanentes de pertenecer a este colegio. ING.TOP. JOSE CASTILLO RICO, ING.AGRÓNOMO. FIDEL FLORES, ING.TOP. ALEJANDRO DE SANTIAGO, ARTISTA PLÁSTICO ARQ.MARIO ALBERTO RIVERA MOSQUEDA, CONTRATISTA REG. RICARDO MAYORGA MARTÍNEZ, ING. TOP.JESUS PÉREZ SERRATOS.   


CONSEJO DIRECTIVO DEL COLEGIO DE ARQUITECTOS E INGENIEROS INNOVADORES DE TECATE,  A.C. AGOSTO DEL 2010:
 
1-PRESIDENTE: ARQ.ELEAZAR RIVERA TINAJERO.
2-SECRETARIO: ARQ.NANCY RIVERA MOSQUEDA.
3-TESORERO: ING.MARTHA ACEVES ARIAS.
4- VOCAL: ARQ.GUILLERMO VELEZ.
5- VOCAL: ING.RUBEN SALAZAR SANDOVAL
 
ASAMBLEA 29 OCT.2010

TECATE, B.C. 25 AGOSTO 2010.
FECHA DE FORMACIÓN DEL COLEGIO
ELEAZAR RIVERA TINAJERO
ARQUITECTO 10 UNAM.

     
SIGNIFICADO DE INNOVADOR: VANGUARDISTA, PROGRESISTA, REFORMADOR.
                


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